Ordinarios
Registro de asistencia;
ORD. N°2257
03-ago-2020
1. Resulta compatible la existencia de un sistema de control de asistencia de georreferencia o geolocalización, en el caso de trabajadores que desempeñan en terreno y un sistema de control de asistencia consistente en reloj control respecto de trabajadores que prestan funciones en planta o dependencia de la empresa. En estas circunstancias, el registro respectivo operará exclusivamente respecto de los trabajadores destinatarios del sistema. 2. La validez de un sistema de control de georreferencia o geolocalización y su asimilación al registro de asistencia y determinación de horas de trabajo debe establecerse tras su implementación, debiendo solicitarse previamente la respectiva autorización a este Servicio.